NIPC, como todas las agencias públicas de Nigeria, está sujeta a las disposiciones de la Ley de Libertad de Información (FOIA) de 2011, cuyo objetivo es hacer que los registros públicos y la información estén disponibles más libremente. La FOIA establece el derecho de cualquier persona a acceder o solicitar información que se encuentre en custodia o posesión de cualquier funcionario, agencia o institución pública.
Según la FOIA, las instituciones públicas deben publicar cierta información de forma rutinaria y continua. Esta obligación es independiente del deber de hacer que la información esté disponible en respuesta a solicitudes de información conforme a la Ley.
En consecuencia, NIPC se compromete a:
- Hacer que los registros públicos y la información estén disponibles más libremente
- Divulgación proactiva y periódica de cierta información.
- Proporcionar acceso público a registros e información públicos.
- Proteger los registros y la información públicos en la medida que sea compatible con el interés público y la protección de la privacidad personal.
- Proteger a los funcionarios públicos en servicio de las consecuencias adversas de revelar ciertos tipos de información oficial sin autorización.
La tarea de cumplir eficazmente la obligación de divulgación proactiva según la FOIA o responder a las solicitudes de información con prontitud es una responsabilidad compartida dentro de NIPC.
Sin embargo, NIPC gestiona el cumplimiento de sus obligaciones FOIA a través de un Comité FOI, que está formado por personal procedente de diferentes departamentos y funciones. El Comité FOI está presidido por el Contacto FOIA de NIPC y tiene el mandato de:
- Asegurar la divulgación proactiva de información relevante de forma periódica.
- Revise las solicitudes FOIA para acceder a información y registros.
- Asegúrese de que las solicitudes se comuniquen al departamento, división o unidad correspondiente dentro de NIPC lo más rápido posible.
- Servir de enlace con los departamentos, divisiones y unidades de NIPC en NIPC para abordar las solicitudes.
- Consultar, cuando sea necesario, con otras partes interesadas dentro y fuera de NIPC sobre asuntos relacionados con la FOIA.
- Garantizar la respuesta oportuna y adecuada a todas las solicitudes en colaboración con la División de Servicios Legales.
- Determinar los cargos estándar por duplicación de documentos y tarifas de transcripción cuando sea necesario para responder a cualquier solicitud.
- Registre todas las solicitudes de FOI y las acciones tomadas.
- Preparar y presentar el Informe FOI anual del año anterior al Procurador General de la Federación a más tardar el 1 de febrero de cada año.
- Garantizar que el informe anual FOI de NIPC esté disponible para el público.